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lunes, 12 de diciembre de 2016

La Fiscalía refuerza el control sobre las señales de tráfico

La sección de Seguridad Vial de la Fiscalía General del Estado (FGE) pedirá a las administraciones competentes que modifiquen señales viarias en estado deficiente en caso de que colectivos vulnerables sufran accidentes provocados por el estado de la señalización. Es una de las conclusiones que recoge una resolución del ministerio fiscal enviada a las fiscalías provinciales en la que analiza los nuevos conceptos de imprudencia grave y menos grave tras la entrada en vigor de la reforma del código penal.

Este órgano, en concreto, plantea a los fiscales que si de la instrucción de las diligencias se observa «una irregular o insuficiente señalización que afecte a colectivos vulnerables, es deseable que se remitan los testimonios adecuados a la autoridad competente para subsanarla y en su caso exigir la responsabilidad oportuna a quien proceda». Los colectivos vulnerables protegidos en la legislación vial son los menores de edad, personas de la tercera edad, personas con discapacidad, peatones o ciclistas. La circular remitida en los últimos meses establece que el Ministerio Fiscal «habrá de impulsar una investigación en profundidad de los hechos» si se detectan estas imprudencias.

La Fiscalía ha emitido este dictamen en los últimos meses tras analizar los casos investigados o juzgados en el último año. El análisis se centra en el estudio de esta reforma, que entró en vigor en 2015, y la incidencia que ha tenido en la labor que ha desarrollado la Fiscalía en los últimos meses. Es un documento que busca una unidad de criterio en la actuación del Ministerio Fiscal con el objetivo de conseguir una efectiva protección penal de la seguridad vial y evitar que miles de asuntos que abordan imprudencias graves se tramiten como juicio de faltas o por la vía civil.

En su informe, el Ministerio Fiscal fija aquellas maniobras de tráfico en las que, en principio, la Fiscalía debe apreciar imprudencia grave. Entre esas maniobras la sección de Seguridad Vial ha incluido los adelantamientos de vehículos con grave vulneración de las prohibiciones, excesos de velocidad cuando han sido determinantes para que tenga lugar un accidente de tráfico, la marcha atrás en autopistas o no detenerse en la señal de stop o ante un semáforo en rojo. En el caso de que se registren víctimas mortales el conductor se enfrentará a una pena de uno a cuatro años de prisión y de uno a seis años de retirada del carné de conducir. Si el accidente sólo genera lesiones la pena para el conductor puede ser de tres a seis meses de prisión o multa de seis a 18 meses y de uno a cuatro años de retirada del carné.

Además, se perseguirán como imprudencias graves o muy graves al volante el incumplimiento de las normas sobre preferencia de paso, cambios de dirección o sentido y marcha atrás, el uso de dispositivos que distraen la atención en la conducción, o no llevar a los menores de edad con los sistemas de protección.

El fiscal de sala de la sección de Seguridad Vial, Bartolomé Vargas, ha pedido a las fiscalías provinciales una especial protección de los colectivos vulnerables. Por ello, además de remitir testimonio a las autoridades competentes por una insuficiente señalización, desde ahora serán consideradas imprudencias graves cuando se detecte una grave vulneración de los deberes de precaución o de moderación de velocidad, así como «de preferencia del peatón y ciclista y la protección de este último en el adelantamiento».

Desde 2011, todos los conductores que provocan un accidente de tráfico con resultado de muerte o heridas graves han sido imputados inicialmente por el delito de homicidio imprudente o lesiones, siempre que se cometa una imprudencia grave al volante. Con ello se pretende «elevar la respuesta penal» y «luchar contra lacras como la velocidad o el alcohol al volante», subrayó Vargas tras acordar este endurecimiento de las imputaciones.

Según datos de la Fiscalía, en 2015 se formularon 81.529 escritos de acusación por delitos viales de peligro en España, que constituyen el 32% del total de los presentados por el Ministerio Fiscal: aproximadamente uno de cada tres escritos de acusación lo fue por delitos contra la seguridad vial. En el mismo año se dictaron 83.283 sentencias de condena por delitos viales de peligro, el 34% de las pronunciadas por los tribunales por toda clase de delitos: aproximadamente una de cada tres sentencias condenatorias lo ha sido por delitos contra la seguridad vial.

Fuente: El Mundo

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