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domingo, 17 de mayo de 2015

Condenado a pagar 7.200 euros por conducir en estado ebrio y teniendo prohibido hacerlo

Un hombre tendrá que pagar 7.200 euros de multa después de haber sido sorprendido al volante de un coche cuando lo tenía prohibido y, además, lo hacía triplicando la tasa de alcoholemia permitida. Es la condena que le ha impuesto la Audiencia Provincial de Málaga, que ha ratificado la sentencia dictada en primera instancia.

Los hechos sucedieron el 22 de diciembre de 2013, en el término municipal de Torremolinos. Siempre según se recoge en la sentencia, sobre las 07.30 horas el procesado conducía su coche en estado ebrio, lo que «mermaba notablemente sus facultades» para ello.

Y es que, al someter al acusado a la prueba de alcoholemia, arrojó un resultado de 0,89, cuando el máximo permitido es de 0,25. Unos minutos después el nivel continuaba siendo prácticamente el mismo.

En la resolución también se explica que el procesado conducía el vehículo a sabiendas de que había sido privado de este derecho por un juicio. Entonces se le condenó a 32 meses sin poder ponerse al volante.

Sin embargo, no era la primera vez que era condenado. En concreto, le constaban tres sentencias anteriores en las que se le declaraba culpable de delitos por conducir bajo los efectos del alcohol y de hacerlo sin tener permiso porque se le retiró o por haber perdido todos los puntos.

Por los hechos en Torremolinos, el Juzgado de lo Penal número 7 de Málaga le condenó a pagar una multa de 2.880 euros por conducir tras haber ingerido alcohol y a hacer frente a otra sanción de 4.320 euros por ponerse al volante de un coche teniéndolo prohibido.

No de acuerdo con la decisión, el procesado recurrió. Pero la Audiencia Provincial ha desestimado sus pretensiones y ha ratificado la condena del Juzgado de lo Penal. (Información)

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