Ponemos a disposición de todos los interesados que deseen contactar con nosotros la cuenta de correo comunicacion@asextra.org, única disponible para consultas y comunicación con ASEXTRA.



domingo, 14 de diciembre de 2014

Sevilla: Competencia investiga la Asociación de Autoescuelas por la presunta existencia de un código para pactar precios

En una nota, la Consejería del ramo ha apuntado a que presuntamente la asociación habría elaborado un código interno, de obligado cumplimiento para las autoescuelas asociadas, con indicaciones en materia de precios y la decisión de expulsar a las autoescuelas que no suscribieran dicho acuerdo de unos terrenos para la realización de prácticas en la enseñanza necesaria para la obtención de los distintos permisos de conducir.

El Departamento de Investigación de la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía (ADCA), dependiente de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, ha abierto de oficio expediente sancionador a la Asociación Provincial de Autoescuelas de Sevilla (APS) por presuntas prácticas anticompetitivas relacionadas con pactos de precios, para lo que la Agencia tiene un periodo para la resolución del expediente de 18 meses. 

En una nota, la Consejería del ramo ha apuntado a que presuntamente la asociación habría elaborado un código interno, de obligado cumplimiento para las autoescuelas asociadas, con indicaciones en materia de precios y la decisión de expulsar a las autoescuelas que no suscribieran dicho acuerdo de unos terrenos para la realización de prácticas en la enseñanza necesaria para la obtención de los distintos permisos de conducir.

 En este sentido, las actuaciones llevadas a cabo por la ACDA, en información reservada, se iniciaron en octubre del pasado año, entre las que se llevó a cabo una inspección limitada en sede de la Asociación en la que se comprobó la existencia de indicios racionales de infracción, por lo que el Departamento de Investigación de la Agencia acordó incoar procedimiento sancionador a la entidad por presunta infracción del artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC). 

En concreto, este artículo prohíbe todo acuerdo, o practica concertada o conscientemente paralela, que tenga por objeto, produzca o pueda producir el efecto de impedir, restringir o falsear la competencia en todo o en parte del mercado nacional y, en particular, los que consistan en la fijación, de forma directa o indirecta, de precios o de otras condiciones comerciales o de servicio, o en el reparto del mercado. En cualquier caso, la incoación de un expediente sancionador no prejuzga el resultado final de la investigación, ni los términos de la resolución que finalmente se dicte. (Información completa)

www.20minutos.es

No hay comentarios: