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sábado, 15 de marzo de 2014

Absuelto un taxista que octuplicaba la tasa de alcohol

Mantiene el carné porque no iba circulando, solo había arrancado el coche

Salió de un bar dando tumbos. Se las vio y deseó para alcanzar el coche que había dejado muy mal aparcado. Se subió, arrancó, giró el volante y antes de que le diese tiempo a poner en marcha el vehículo, un policía local que estaba viendo la sorprendente escena se puso delante del coche. Le dijo que bajase y que soplase. Y dio un resultado de 1,2 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, cuando el límite legal de los taxistas es de 0,15. Es decir, el hombre multiplicaba por ocho la tasa permitida.

Fue procesado por ello. El fiscal lo acusó de un delito contra la seguridad vial y solicitó al juez que se le impusiera una multa de 3.200 euros y la retirada de carné durante cuatro años. Eso, para un taxista, es lo peor. Tendría que dejar de trabajar. Pero se libró. La ley dice que para condenar a alguien por un delito contra la seguridad vial este debe ir circulando o, cuando menos, que un agente de la autoridad lo hubiese visto al volante. Pero a este hombre no lo vio nadie transitar. Ni antes de llegar al bar, ni después, pues le cortaron el paso antes de poner el coche en marcha. Por eso el juez lo ha tenido que absolver.

En otros casos, como esos en los que el conductor ebrio abandona su vehículo cuando ve a lo lejos un control de alcoholemia y es visto por un agente, sí salen condenados. Porque la autoridad sí lo ha visto conducir. A este taxista de Sada nadie lo ha visto en marcha. (Información completa)
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